TESTIGOS PODRÁN ENTRAR AL PUESTO DE VOTACIÓN CON TELÉFONOS CELULARES, PERO LOS PODRÁN USAR DESPUÉS DE LAS 4:00 P.M.
Foto de apoyo bajada de internet.
El gobierno nacional expidió un nuevo decreto en el que establece las condiciones para que los testigos electorales puedan supervisar la jornada electoral del próximo domingo.
Los testigos podrán acceder el día de las elecciones a los puestos de votación desde las 7:00 a.m. y pueden permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de la mesa para la cual estén acreditados.
Para ingresar, la norma específica que estas personas deberán identificarse con la cédula de ciudadanía y la respectiva credencial diligenciada y firmada por la autoridad electoral, la credencial de testigo electoral tiene el carácter de personal e intransferible.
El decreto aclara que “pueden entrar al puesto de votación con teléfonos celulares, equipos terminales móviles o elementos de grabación de voz o video, pero solo los podrán usar sin limitación alguna a partir de las 4:00 p.m.
Etiquetas: Votación,, Credencial,, Elecciones Presidenciales,, Escrutinios,, Radio Diez Internacional,, Testigos Electorales,, Puestos de Votación,