POR EXCEDER LOS RIESGOS EN OPERACIÓN MILITAR, EL ESTADO DEBERÁ INDEMNIZAR A SOLDADO HERIDO EN COMBATE
La Nación, a través del Ministerio de Defensa, deberá indemnizar a un soldado regular, víctima de lesiones personales producidas por un explosivo, en una operación militar contra el ELN, en agosto del 2014, en el municipio de Sucre, Cauca.
El Tribunal Administrativo de Cauca confirmó de esta manera la Sentencia del 18 de agosto de 2017 emitida por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Popayán.
Para la época de los hechos, la víctima realizaba labores de patrullaje cuando fue activado un explosivo, seguido de un ataque armado por parte de miembros del grupo subversivo.
El soldado sufrió serias lesiones por esquirlas en sus miembros superiores e inferiores, en la parte superior de la espalda y un trauma en el oído. Ese mismo año, fue dado de baja con la anotación de padecer secuelas por heridas y fue calificado como no apto para continuar en el servicio.
El Tribunal consideró que el soldado resultó herido cuando prestaba el servicio militar obligatorio como consecuencia de una acción del enemigo, pero la responsabilidad es de la Nación por exceder los riesgos en el desarrollo de la operación militar que provocó la reacción directa del grupo subversivo ocasionando lesiones al soldado en un acto del servicio.
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